Custodia de Menores

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"Custodia de menores" es un término legal que se utiliza para describir la situación en la que los padres se separan y uno de ellos asume responsabilidad por su hijo o sus hijos. Dicha situación puede implicar un divorcio, una anulación o una separación, en la que los niños presentes en la relación no pueden vivir con ambos padres y deben estar bajo el cuidado primario de uno de ellos, quien tomará las decisiones por el niño y cuidará de él. Los tribunales estatales tienen jurisdicción para decidir si el niño vivirá con el padre o la madre basando su decisión en los intereses del niño. Comúnmente, al decidir los arreglos de custodia, cada estado toma en cuenta de una u otra manera los siguientes factores:

  • Edad y sexo del niño.
  • Vínculos afectivos entre las partes implicadas y el niño.
  • Relación entre el niño y sus hermanos, si existen.
  • La capacidad de las partes que solicitan la custodia para brindar un entorno de crianza saludable para el niño.
  • La capacidad y medios para proveer al niño con comida, vestimenta, atención médica y otros cuidados necesarios.
  • Las características de las partes que solicitan la custodia: edad, salud física y mental, estabilidad, carácter.
  • El efecto de la continuación o interrupción propuesta del hogar existente del niño.
  • Las preferencias del niño, si el juzgado considera que el niño es lo suficientemente maduro física y mentalmente para tomar dichas decisiones.
  • La capacidad de las partes implicadas de llegar a un arreglo sobre un régimen de visitas al niño.
  • Abuso o violencia doméstica presenciada por el niño cometida por cualquiera de los padres hacia el niño, hacia otro hermano/pariente cercano o entre los padres.
  • Otros factores importantes propios del conflicto de la custodia de un menor.

Tipos de custodia

  • Custodia física: uno de los padres tendrá derecho a que el niño viva con él/ella. Cuando el niño vive la mayor parte del tiempo con uno de los padres y tiene derechos de régimen de visitas con el otro, el padre con el que el niño vive principalmente tiene custodia física única. En situaciones en las que existe una custodia física conjunta, ambos padres tienen derecho a pasar tiempo con el niño y a que el niño viva con ellos, siempre que los padres vivan en la misma área.
  • Custodia legal: esto significa que uno de los padres tendrá el derecho y la responsabilidad de tomar decisiones sobre el cuidado y la crianza del niño, incluyendo educación, atención médica, religión, y otras. Si los padres comparten una custodia legal conjunta, ambos tendrán la oportunidad de ser partícipes en la toma de decisiones sobre el bienestar de su hijo. Sin embargo, si los padres tienen opiniones divergentes acerca del bienestar de su hijo, es posible que sea necesaria la intervención del juzgado.
  • Custodia conjunta: esto significa que los padres comparten la responsabilidad de cuidar al niño y tomar decisiones sobre cuestiones respecto a educación y salud. La mayoría de los estados reconoce dos tipos de custodia conjunta: custodia física y custodia legal.
  • Custodia única: en este arreglo, el juzgado concede solamente a uno de los padres la custodia legal y/o física del niño. Lo más probable es que el otro padre tenga derechos de régimen de visitas. Dicha situación puede surgir si el juzgado considera que el otro padre es incompetente, debido a abuso de substancias, antecedentes de abuso físico u otros factores determinantes.

¿Cuál es la diferencia entre custodia conjunta y única?

En la paternidad compartida, ambos padres comparten la toma de decisiones respecto del niño. Se supone que la custodia conjunta salvaguarda los mejores intereses del niño. Por lo general, las situaciones de custodia única se limitan a situaciones en las que existe violencia entre las partes u otras circunstancias que hacen que la toma de decisiones en forma conjunta no sea posible. La custodia conjunta no elimina las obligaciones de manutención del menor ni afecta de manera importante el régimen de visitas. El padre con custodia primaria determina dónde vivirá el niño, aunque, por lo general, esto se limita a un área geográfica o distrito escolar. Ambos padres conservan el derecho a asistir a los actos escolares, reunirse con los maestros y médicos y a ser contactados en caso de emergencia.

Debido a que los arreglos de custodia de menores pueden resultar difíciles, tener un programa de visitas es necesario. El juzgado puede imponer un arreglo de algún tipo, si ambas partes no pueden llegar a un acuerdo sobre el programa de visitas. Es común alternar las semanas y los meses para el régimen de visitas o, de lo contrario, reservar los fines de semana para el otro padre. Sin embargo, también se debe tomar en cuenta las preferencias del niño. En la mayoría de los casos, los arreglos se hacen amigablemente debido a que ambos padres se preocupan por su hijo.

Ambas partes deben guardar prueba de los gastos en relacionados al niño, en caso de que surja algún conflicto en el futuro.